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CEDH EMITE RECOMENDACIÓN POR AGRESIÓN SEXUAL A DOCENTE DE LA FACULTAD DE DERECHO

2 de abril de 2020

  • La recomendación 07/2020 está dirigida al saliente rector, Fermín Villar Rubio

Dirigida al Rector saliente de la UASLP, sobre el caso de una docente de la Facultad de Derecho víctima de una agresión de índole sexual imputada a un trabajador de esa Casa de Estudios.

La Comisión Estatal de Derechos Humanos el 20 de mayo de 2019, recibió la queja de una mujer quien labora como docente de la Facultad de Derecho, narró que el 20 de octubre de 2017, en el interior del Auditorio “Rafael Nieto Compeán”, fue víctima de actos de violencia sexual imputados directamente a una persona del sexo masculino que labora en funciones administrativas en esa misma entidad académica.  

La víctima informó que luego de buscar apoyo tanto en la Facultad de Derecho como en la Rectoría, el asunto fue turnado a la Defensoría de Derechos Universitarios, para que se realizara la investigación pertinente y en su momento se emitiera la resolución que correspondiera por lo que se implementaron Medidas Precautorias contenidas en el Protocolo de Entrada para Prevenir, Atender, Intervenir, Sancionar y Erradicar el Acoso y Hostigamientos Sexual en la Universidad Autónoma de San Luis Potosí.

Finalmente el 26 de septiembre de 2019, el Titular de la Defensoría de Derechos Universitarios, determinó que efectivamente la persona señalada como agresor fue encontrado responsable de la conducta de actos de violencia sexual en agravio de la mujer, puntualizando el Defensor en su resolución dieciséis acciones concretas a realizarse en un término de 60 días naturales posteriores a la notificación y, en caso de incumplimiento se daría vista a la Contraloría General Universitaria para la determinación de las responsabilidades.

El 9 de marzo del año en curso, la CEDH requirió a la UASLP mediante Medidas Cautelares, se informara sobre cumplimiento de todos y cada uno de los puntos resolutivos emitidos en favor de la víctima por el Defensor de los Derechos Universitarios, en respuesta recibida el 13 de marzo de este año, se informó sobre algunos avances en el cumplimiento de la determinación del Ombudsman Universitario, más no así su total observancia, además de que a la fecha la víctima cursa un trastorno psicológico y secuelas físicas derivadas del hecho victimizante sin que se le haya reparado daño, ni se haya dado vista al Contralor General Universitario como lo señala la propia resolución del Defensor de los Derechos Universitarios.

En consecuencia, el 31 de marzo de 2020 se emitió la Recomendación 7/2020 que fue dirigida y recibida en la oficina del Rector saliente Arq. Manuel Fermín Villar Rubio, bajo los siguientes puntos recomendatorios:

1.- Reparación Integral del Daño en beneficio de la víctima (que incluya los aspectos médicos, psicológicos, laborales) esto a cargo de la UASLP y se tome en cuenta el Plan de Reparación propuesto por la propia víctima. Que se le inscriba en el Registro Estatal de Víctimas ante la CEAV,  ya que esta Recomendación y la Resolución del Defensor de los Derechos Universitarios le reconocen tal carácter.  

2.- Que el Titular de la Contraloría General Universitaria, realice la investigación relacionada con el cumplimiento total de los resolutivos determinados por el Defensor de los Derechos Universitarios, tal como lo establece el propio resolutivo décimo sexto con fundamento en el artículo 74 del Estatuto Orgánico de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí. Además de que si el Órgano de Control, advierte la existencia de otros actos u omisiones que deba investigar vinculados al presente caso, lo haga con absoluta libertad y plenitud de su ámbito competencial.

3.-. Que se instruya a las Direcciones y/o Áreas que corresponda y desde luego al Defensor de los Derechos Universitarios, para que se mejore el Protocolo de Entrada para Prevenir, Atender, Investigar, Sancionar y Erradicar el Acoso y Hostigamiento Sexual y en general se realicen las adecuaciones pertinentes a la normatividad universitaria, para armonizarla con el bloque constitucional en materia de derechos humanos, con un enfoque de género.

4.- Se diseñe e implemente con todo el personal de Rectoría incluido su Titular, las y los integrantes del Consejo Directivo Universitario, personal Directivo de Escuelas y Facultades, la Oficina del Abogado General y la Defensoría de los Derechos Universitarios, un Curso de Alta Formación y Capacitación en materia de atención a la violencia contra las mujeres, y se lance una campaña de difusión permanente que incluya un mensaje contundente emitido desde la Rectoría de cero tolerancia a la violencia en contra de la mujer, mensaje a difundirse en todos los espacios universitarios.

Cabe hacer mención que este Organismo Constitucional Autónomo, ha permanecido atento a las declaraciones emitidas por el recién nombrado Rector Dr. Alejandro Zermeño, quien ha manifestado públicamente su compromiso por erradicar la violencia de género en espacios universitarios, siendo para su administración que hoy inicia un tema prioritario. Por lo que el llamado respetuoso desde la CEDH, a que la Recomendación emitida se acepte y se cumpla  en beneficio de la víctima y marque un precedente para beneficio de toda la población universitaria, cuyo reclamo ha sido absolutamente legítimo por parte de las mujeres en diversos espacios.