- Se desecharon por improcedentes las iniciativas que buscaba modificar el Código Penal y la Ley de Salud para despenalizarles aborto. Así como la modificación a la Constitución SLP para otorgar el derecho a la mujer a interrumpir el embarazo en doce semanas de gestación.
Los integrantes de la LXII Legislatura del Congreso del Estado, por mayoría de 20 votos a favor, 3 abstenciones y 4 votos en contra, desecharon por improcedente iniciativa que buscaba modificar estipulaciones de los artículos, 148, 149, y 150, del Código Penal del Estado de San Luis Potosí. Y modificar disposiciones de los artículos, 57, 57 Bis, 58, 58 Bis, y 58 Ter, de la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí, que proponía descriminalizar la decisión de interrumpir el embarazo, así como establecer disposiciones sanitarias para realizar esta práctica de manera libre y segura.
También por improcedente, fue desechada por mayoría de 20 votos a favor, 3 abstenciones y 4 votos en contra, la iniciativa que promovía reformar el artículo 16; y adicionar dos párrafos al artículo 12, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, por el que buscaba reconocer a las mujeres el derecho de interrumpir voluntariamente su embarazo en un término máximo de doce semanas de gestación. El Estado garantizará el acceso a la información, educación y los medios que les permitan ejercer de forma responsable y segura sus derechos sexuales y reproductivos.