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FISCALÍA DEBERÁ INFORMAR A TRAVÉS DE CEGAIP NUMERALIA DE DELITOS DE ALTO IMPACTO

28 de mayo de 2020

  • Deberá transparentar datos que hasta el momento no se informan a la ciudadanía 

Se aprobó por unanimidad la reforma al artículo 88 en sus fracciones, II el inciso n), y III el inciso g); y adición al mismo artículo 88 la fracción IV, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, para adicionar la Fiscalía General a las obligaciones de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información sobre información relacionada al quehacer específico de la Fiscalía, especialmente lo relacionado con delitos de alto impacto para la sociedad, así como su resolución.

En concreto, se establece, que las obligaciones de transparencia específicas incluyan los siguientes elementos:

a) Las estadísticas e indicadores generales de procuración de justicia en el estado.

b) Las estadísticas e indicadores generales de las fiscalías especializadas.

c) Las estadísticas sobre denuncias y/o querellas presentadas y averiguaciones previas consignadas y desestimadas, así como sobre carpetas de investigación abiertas y judicializadas.

d) Las estadísticas sobre personas desaparecidas.

e) Las estadísticas de delitos de lesiones contra mujeres y feminicidios.

f) Las estadísticas de las carpetas de investigación o averiguaciones previas en las que se ejerció acción penal, así como el resultado de los juicios.

g) Estadísticas sobre delitos denunciados por región y municipio.

Fue aprobada por mayoría de 25 votos a favor y uno en contra, la reforma a  los artículos, 34 en su fracción XXIII, 193, y 210; y adición al artículo 197 el párrafo décimo noveno, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, para contemplar las facultades para que la CEGAIP pueda requerir las multas por sanciones para aquellos que no son servidores públicos, a través del Procurador Fiscal del Estado.