“No existen literal o de manera física un documento que diga que (Xavier Nava Palacios) militara en un partido político”, señaló Denisse Adriana Porras Guerrero, presidenta del Tribunal Electoral de San Luis Potosí (TEESLP), sin embargo “existen conductas y evidencia que nosotros consideramos fueron suficientemente fuertes para comprobar el vínculo partidista”, añadió.
El jueves anterior el Tribunal Electoral anuló la candidatura de Xavier Nava Palacios, quien contendía a la alcaldía capitalina por Morena, junto con dos integrantes de su planilla, Alfredo Lujambio Cataño (primer regidor) y Alicia Nayeli Vázquez Martínez (síndica). La resolución se deriva de un recurso de revisión contra la aprobación del registro de Nava Palacios como candidato de Morena, por el Comité Electoral Municipal el día 21 de marzo; dicha inconformidad fue presentada por los partidos políticos, PRI, PAN, PCP y PVEM los cuales alegaron que Nava Palacios militaba como “precandidato” en la contienda interna del Partido de Acción Nacional (PAN) y simultáneamente se registraba a la alcaldía por Morena.
“Nos dimos a la tarea de revisar los agravios que nosotros estimamos son fundados porque no se estaban cumpliendo con los requisitos de elegibilidad que marca la Constitución en la vía de la reelección”, comentó Adriana Porras; además dijo que “la Constitución es clara en cuanto a que se puede acceder a esta figura jurídica siempre y cuando el candidato sea postulado por el mismo partido que lo postuló o bien, si previo a la mitad de su mandato pierde o renuncia a la militancia“.
Explica la magistrada presidenta que el expediente integra documentales de “aportaciones fuertes en efectivo entregadas al partido por Nava Palacios y de cartas compromiso donde se compromete a acatar estatutos y la normatividad interna del pan”. Porras Guerrero enfatizó, “el hecho de que impugnara la contienda interna del PAN y al mismo tiempo se registrara por Morena”.
Porras Guerrero dijo que el Tribunal “encontró una serie de circunstancias públicas notorias que no se podían desestimar” ya que “es importante porque los partidos son el vehículo para acceder al poder (…) el derecho a votar y ser votado no es absoluto están regulados”, acotó.
Le cuestionamos acerca de la declaratoria de validez de Acción Nacional, cuando el Comité Nacional avaló a Octavio Pedroza como candidato, en ese tenor cuál era la figura de Nava Palacios, a lo que respondió, “de precandidato, porque él acudió ante la Comisión de Justicia del PAN como precandidato a la gubernatura para solicitar la nulidad de tal elección interna”, aseveró. Y luego de una serie de instancias la Sala superior niega a Nava Palacios la nulidad de la elección del Pan, “y justamente en este lapso es cuando ocurre el proceso de registro en otro partido (Morena) lo que claramente es una violación a la ley”, dijo Porras Guerrero.
Nava Palacios acudió este lunes a la Sala Regional en Monterrey para impugnar tal sentencia del TESLP, a esto Porras Guerrero aseveró que la resolución está firme, “estamos seguros que defendemos la legalidad de la resolución, aunque por supuesto está sujeta a la Sala y nosotros debemos ser respetuosos de la sentencia que emita, porque las sentencias se acatan, no es al contentillo, la ley de acata también”, acotó Denisse Porras.
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