Redacción
- “La integridad de una elección también se protege definiendo con claridad qué puede contarse como voto y qué no”, sentenció Faz Mora.
- Desde que el Consejo General del INE Electoral aprobó los Lineamientos en el mes de septiembre, el consejero oriundo de San Luis Potosí, se pronunció en contra del acuerdo.
Este día la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ordenó al INE modificar los Lineamientos para la Preparación y Desarrollo de los Cómputos Electorales del proceso 2026-2027, a fin de establecer que, cuando se acredite la existencia de boletas sin las marcas de doblez denominadas, “boletas planchadas”, estas no deberán contarse como parte de la votación y se conservarán separadas de las que integren la votación computada.
El análisis de la resolución expone que, la emisión del voto comprende una secuencia legalmente prevista que incluye recibir la boleta, marcarla, doblarla y depositarla en la urna. Por ello, la ausencia de esas marcas impide vincular objetivamente la boleta con un sufragio emitido conforme al procedimiento previsto en la ley.

Al respecto el consejero del INE, José Martín Fernando Faz Mora, “reconoció la determinación” de la Sala Superior, ya que “privilegia la certeza y autenticidad del sufragio”.
En un mensaje publicado en sus redes sociales, el consejero destacó el argumento de dicha resolución, “los controles electorales existen precisamente para impedir que una anomalía material pueda terminar convertida en un voto dentro del resultado”.
Desde que el Consejo General del INE aprobó los Lineamientos en el mes de septiembre, Faz Mora se pronunció en contra.